Seis años de cárcel para los dueños de la web pirata Youkioske
Como un quiosco gigantesco, con revistas y periódicos de media Europa (entre ellos, EL PAÃS). Todo gratis, todo ilegal. La web YouKioske contaba con un catálogo de 17.000 ejemplares, entre publicaciones españolas, alemanas, italianas, francesas, inglesas, portuguesas e incluso rusas. Todo, eso sÃ, sin autorización de los propietarios de los derechos. Por eso, la Audiencia Nacional condenó ayer a seis años de cárcel a los dos responsables de la web, en el castigo más duro que se recuerde para unos piratas informáticos en España.
Los administradores de YouKioske, David González Hernández y Raúl Antonio Luque Gutiérrez, han sido condenados a tres años de cárcel por un delito contra la propiedad intelectual y otros tres por pertenecer a una organización criminal. Un tercer acusado —Óscar González Hernández, hermano de David— fue absuelto, al no quedar probada su participación, informó Efe. Los condenados serÃan —la sentencia es recurrible ante el Supremo— los primeros piratas informáticos que vayan a la cárcel en España.
La condena récord llega en un contexto de endurecimiento de la lucha contra la piraterÃa. El pasado enero entró en vigor la nueva Ley de Propiedad Intelectual, tras ser aprobada por el PP en solitario y ante el rechazo de toda la oposición, tanto que el 4 de febrero el PSOE llegó a recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional. Los socialistas atacaban tres puntos y, sobre todo, la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos del Estado que sustituyó el canon digital.
Precisamente ayer el PSOE confirmó que su recurso ha sido admitidoa trámite por el Constitucional, lo que no significa que el tribunal comparta sus objeciones, pero sà garantiza que acabará dictando una sentencia al respecto. Fuentes socialistas calculaban que, en el más rápido de los casos, el fallo llegará en un año.
La Audiencia Nacional considera probados tres elementos clave: el ánimo de lucro, el conocimiento por parte de los acusados de que estaban infringiendo la ley y que los contenidos disponibles en su web no tenÃan autorización por parte de sus dueños y el perjuicio económico a terceros. La sentencia también aprovecha una novedad de la LPI: antes, algunos abogados defendÃan que un enlace no representa un acto de comunicación pública y por tanto sus responsables no podÃan ser perseguidos. Otros letrados, en cambio, argumentaban lo contrario. Pero incluso entre los primeros se dejaba claro que la llegada de la nueva ley modificaba la definición de comunicación pública y complicaba la gestión de una página con enlaces a contenidos no autorizados.
La sentencia inhabilita a los dos condenados durante cinco años para ser administradores de webs, les impone indemnizar a los afectados y establece la incautación de los beneficios acreditados: 196.280 euros.
La sentencia sostiene que ambos condenados "se concertaron para crear y mantener YouKioske por tiempo indefinido con el fin de utilizar las facultades de los titulares de los derechos de explotación de las publicaciones y repartirse los beneficios obtenidos, y ello sin el consentimiento de los titulares afectados, quedando demostrado que estos les comunicaron en múltiples ocasiones lo contrario, requiriéndoles reiteradamente que no usaran más los contenidos objeto de explotación". Según el tribunal, este caso "pone de manifiesto un absoluto desprecio de los acusados no sólo a la norma en sà misma considerada sino, y sobre todo, a las vÃctimas o perjudicados por el delito. No les dolÃa ningún tipo de prendas manifestar su menosprecio a aquellos que sabÃan que perjudicaban con sus acciones, de tal modo que se mofaban de cómo iban a emplear sus beneficios disfrutando en paradisiacas playas, mientras otros se irÃan al paro".
Los administradores de YouKioske, David González Hernández y Raúl Antonio Luque Gutiérrez, han sido condenados a tres años de cárcel por un delito contra la propiedad intelectual y otros tres por pertenecer a una organización criminal. Un tercer acusado —Óscar González Hernández, hermano de David— fue absuelto, al no quedar probada su participación, informó Efe. Los condenados serÃan —la sentencia es recurrible ante el Supremo— los primeros piratas informáticos que vayan a la cárcel en España.
La condena récord llega en un contexto de endurecimiento de la lucha contra la piraterÃa. El pasado enero entró en vigor la nueva Ley de Propiedad Intelectual, tras ser aprobada por el PP en solitario y ante el rechazo de toda la oposición, tanto que el 4 de febrero el PSOE llegó a recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional. Los socialistas atacaban tres puntos y, sobre todo, la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos del Estado que sustituyó el canon digital.
Precisamente ayer el PSOE confirmó que su recurso ha sido admitidoa trámite por el Constitucional, lo que no significa que el tribunal comparta sus objeciones, pero sà garantiza que acabará dictando una sentencia al respecto. Fuentes socialistas calculaban que, en el más rápido de los casos, el fallo llegará en un año.
La Audiencia Nacional considera probados tres elementos clave: el ánimo de lucro, el conocimiento por parte de los acusados de que estaban infringiendo la ley y que los contenidos disponibles en su web no tenÃan autorización por parte de sus dueños y el perjuicio económico a terceros. La sentencia también aprovecha una novedad de la LPI: antes, algunos abogados defendÃan que un enlace no representa un acto de comunicación pública y por tanto sus responsables no podÃan ser perseguidos. Otros letrados, en cambio, argumentaban lo contrario. Pero incluso entre los primeros se dejaba claro que la llegada de la nueva ley modificaba la definición de comunicación pública y complicaba la gestión de una página con enlaces a contenidos no autorizados.
La sentencia inhabilita a los dos condenados durante cinco años para ser administradores de webs, les impone indemnizar a los afectados y establece la incautación de los beneficios acreditados: 196.280 euros.
La sentencia sostiene que ambos condenados "se concertaron para crear y mantener YouKioske por tiempo indefinido con el fin de utilizar las facultades de los titulares de los derechos de explotación de las publicaciones y repartirse los beneficios obtenidos, y ello sin el consentimiento de los titulares afectados, quedando demostrado que estos les comunicaron en múltiples ocasiones lo contrario, requiriéndoles reiteradamente que no usaran más los contenidos objeto de explotación". Según el tribunal, este caso "pone de manifiesto un absoluto desprecio de los acusados no sólo a la norma en sà misma considerada sino, y sobre todo, a las vÃctimas o perjudicados por el delito. No les dolÃa ningún tipo de prendas manifestar su menosprecio a aquellos que sabÃan que perjudicaban con sus acciones, de tal modo que se mofaban de cómo iban a emplear sus beneficios disfrutando en paradisiacas playas, mientras otros se irÃan al paro".