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La UE, cerca de permitir que se pueda obligar a los operadores a bloquear acceso a webs P2P

La Justicia europea está muy cerca de dar luz verde a una de las viejas aspiraciones de la industria cultural. Uno de los Abogados Generales del TJUE ha aprobado que se pueda imponer a los operadores "la tarea de bloquear el acceso de sus clientes a un sitio de Internet que infringe los derechos de autor".


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría tomar una decisión firme en la lucha contra las webs de enlaces acusadas de infringir los derechos de autor. Así se desprende la pronunciación del Abogado General del TJUE en esta materia tras la consulta del Tribunal Supremo de Austria, quien preguntó si puede considerarse intermediario al operador con el que los usuarios acceden a una web de enlaces a películas.

La respuesta del Abogado General Cruz Villalón (quien hace unos años señaló que prohibir el P2P iría contra los derechos fundamentales) ha sido afirmativa. "El proveedor de servicios de Internet del usuario de un sitio que infringe los derechos de autor tiene la consideración de intermediario a cuyos servicios recurre un tercero (en concreto, el operador del sitio) para infringir dichos derechos y, por ello, es potencialmente destinatario de medidas cautelares", explica con rotundidad la nota de prensa con su decisión.

El conflicto entre UPC y la industria cultural

El caso concreto al que se refiere a un litigio entre el operador UPC y las empresas Constantin Film Verleih y Wega Filmproduktionsgesellschaf. A
petición de dichas empresas, "se habían adoptado resoluciones de medidas cautelares (en el caso de la apelación, sin mencionar las medidas concretas a adoptar) por las que se prohibía a UPC prestar acceso a sus clientes al sitio kino.to". Se trata de una web de enlaces "permitía a los usuarios ver en streaming o descargar películas cuyos derechos corresponden, entre otros, a las citadas empresas sin contar con el consentimiento de éstas".

Si bien el operador "no mantiene ninguna relación jurídica con los operadores del sitio mencionado, no le prestó servicios de acceso a Internet y tampoco puso a su disposición espacios de almacenamiento", el tribunal austriaco sí consideró que "casi con total seguridad que algún cliente de UPC se benefició de la oferta de kino.to". Esto sirvió para que le diese la razón a los titulares de derechos de autor y se diese el papel de "intermediario" al operador.

Cruz Villalón no duda en señalar que quienes se sientan perjudicados por determinada web deben "reclamar directamente, en la medida en que ello sea posible, contra los operadores del sitio ilegal o contra sus proveedores". Sin embargo, también abre la puerta a que los tribunales decreten obligar a los operadores a bloquear estas páginas tras ponderar los derechos de los afectados en cada caso, no suponiendo esta imposición de forma necesaria "una medida desproporcionada".

Cabe señalar que la decisión del Abogado General no es vinculante con la que tome en última instancia el TJUE. No obstante, la opinión de esta figura suele ser crucial en sus resoluciones finales ya que alrededor del 80% de las decisiones del tribunal siguen la línea marcada por su opinión. En las próximas semanas veremos su sentencia, la cual podría sentar un precedente para legitimar polémicas leyes antipiratería.