La reforma del Código Penal plantea penas más duras contra el pirateo
El Consejo de Estado está estudiando las modificaciones que ha propuesto el Gobierno para el Código Penal. Entre ellas, las referidas a los artÃculos 270 y 271 del documento del anteproyecto de reforma, que recibió dicho Consejo a principios de abril. Es un borrador del que ya se supo algo en octubre de 2012, pero que está sufriendo sucesivas enmiendas por parte del Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. El texto ha sido publicado ya por el Ministerio de Justicia, con lo que algunos colectivos han podido formular alegaciones que "ayuden" al retraso en su aprobación. La mayorÃa aduce inseguridad jurÃdica respecto a su actividad profesional, esto es, la posibilidad de quedarse fuera de la ley.
Uno de los puntos más importantes es el que se refiere al artÃculo 270, que determina sanciones relacionadas con la propiedad intelectual —reproducir, plagiar, distribuir, comercializar al por menor o comunicar públicamente contenido sujeto a derechos—, al que se le añadirÃa "facilitar el acceso". O, de otra manera, prohibirÃa de manera clara las webs de enlaces. Hacerlo, según el borrador, estarÃa penado con entre seis meses y tres años de prisión.
Otro punto que está dando que hablar es el que, en el artÃculo 271, considera como posible criminal a todo "el que con ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto preste de forma no ocasional un servicio de referenciación de contenidos en Internet". En el Código aún vigente se habla de "ánimo de lucro" en vez de "beneficio directo o indirecto", con lo cual el abanico de sanciones se abre. La circular de 2006 de la FiscalÃa General decÃa que el P2P no era delito penal si no comportaba ánimo de lucro. Otra variación del Código Penal está en las penas para el "top manta", que se vuelven a endurecer (entre 6 meses y 2 años), tras verse reducidas unos años atrás.
Uno de los puntos más importantes es el que se refiere al artÃculo 270, que determina sanciones relacionadas con la propiedad intelectual —reproducir, plagiar, distribuir, comercializar al por menor o comunicar públicamente contenido sujeto a derechos—, al que se le añadirÃa "facilitar el acceso". O, de otra manera, prohibirÃa de manera clara las webs de enlaces. Hacerlo, según el borrador, estarÃa penado con entre seis meses y tres años de prisión.
Otro punto que está dando que hablar es el que, en el artÃculo 271, considera como posible criminal a todo "el que con ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto preste de forma no ocasional un servicio de referenciación de contenidos en Internet". En el Código aún vigente se habla de "ánimo de lucro" en vez de "beneficio directo o indirecto", con lo cual el abanico de sanciones se abre. La circular de 2006 de la FiscalÃa General decÃa que el P2P no era delito penal si no comportaba ánimo de lucro. Otra variación del Código Penal está en las penas para el "top manta", que se vuelven a endurecer (entre 6 meses y 2 años), tras verse reducidas unos años atrás.